José Ignacio Marqués
Integra Estrategia y Tecnología
Tribuna
"El desarrollo sostenible no busca frenar la producción, sino transformar la forma de trabajar para que el progreso y el cuidado del planeta avancen en armonía"
Satisfacer las necesidades de una sociedad en continuo crecimiento ya no puede hacerse a cualquier precio; el desafío actual es lograr que las actividades humanas y la preservación del medio ambiente se integren en una única fórmula de desarrollo sostenible. Ante esta necesidad, la Gestión Ambiental se ha consolidado como una herramienta clave en la agenda internacional.
La atmósfera es uno de los medios naturales más vulnerables al impacto de las actividades humanas. El empeoramiento de la calidad del aire tiene un impacto directo en nuestra salud, aumentando el riesgo de padecer ciertas enfermedades y restando calidad de vida a la población, al mismo tiempo que acelera fenómenos globales como el cambio climático.
En este contexto, la responsabilidad ambiental de las organizaciones va más allá de los procesos industriales directos, ya que el traslado diario de las personas y mercancías constituye un factor clave en la generación de emisiones globales. Por ello, resulta imposible concebir una verdadera reducción de las emisiones sin abordar y optimizar la movilidad de la población, un desafío que hoy exige soluciones regulatorias y estratégicas inmediatas.
El pasado 5 de diciembre de 2025 entró en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, un marco normativo de vanguardia diseñado para garantizar que los ciudadanos, administraciones y empresas dispongan de un sistema de transporte justo, inclusivo y respetuoso con el medio ambiente. Para lograr este objetivo se apoya en tres herramientas estratégicas: el Documento de Orientación para la Movilidad Sostenible (DOMOS), el Espacio de Datos Integrados de Movilidad (EDIM) y la implantación de los Planes Obligatorios de Movilidad Sostenible.
El DOMOS actúa como la guía para el diseño y la estructuración de estos planes, mientras que el EDIM funciona como la plataforma digital oficial del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. A través de este espacio virtual centralizado se gestionará el registro de los planes y se recopilarán todos los datos e indicadores asociados, asegurando un seguimiento transparente de los avances nacionales en materia de movilidad sostenible.
Originalmente la ley daba un plazo de 24 meses desde su entrada en vigor para que las organizaciones afectadas se adaptaran. Sin embargo, debido a los compromisos internacionales, el calendario legal cambió con la publicación del
Real Decreto-ley 7/2026 del 21 de marzo de 2026, que acelera los plazos de implementación obligatoria a 12 meses. Esta modificación exige una respuesta inmediata, rigurosa y planificada por parte de todas las entidades implicadas.
La ley establece obligaciones diferenciadas según el tipo de entidad. Los municipios de más de 20.000 habitantes deben disponer de un Plan de Movilidad Sostenible antes del 5 de diciembre de 2026, revisarlo cada 6 años y realizar un seguimiento cada 3 años. Los grandes centros de actividad deberán elaborar su plan en un plazo de 18 meses desde la publicación de los criterios específicos, designar un Gestor de Movilidad y revisarlo cada 5 años.
Por su parte, las empresas públicas y privadas con 200 o más trabajadores, o con 100 o más empleados simultáneos por turnos, por centro, deberán implantar su plan antes del 31 de diciembre de 2026, presentar informes de seguimiento cada 2 años y registrarlos en el EDIM.
El plan de movilidad sostenible debe ser participativo y negociarse con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) o, en su defecto, con una comisión sindical (o el Consejo Rector en cooperativas). Si tu empresa no dispone de una RLT, se debe constituir una comisión sindical negociadora formada por representantes de la propia empresa y de los sindicatos mayoritarios del sector.
Este proceso exige negociar de buena fe, registrar los acuerdos en actas oficiales y justificar por escrito los motivos si no se logra un consenso. Recuerda que la fecha límite para formalizar esta negociación es el 5 de diciembre de 2026.
Dar el paso para la transformación real de la movilidad corporativa requiere seguir una hoja de ruta bien estructurada. Este proceso comienza con una fase de preparación y diagnóstico, donde se analiza la realidad de los centros de trabajo y se escucha activamente a los empleados mediante encuestas para comprender sus hábitos cotidianos. Con esta información, la organización puede identificar áreas de mejora, diseñar un plan de acción con objetivos claros y consensuarlo formalmente con la representación de los trabajadores. Finalmente, el éxito del plan radica en una implantación, una comunicación adecuada y cercana, un seguimiento constante de los resultados, y el compromiso de seguir mejorando de forma continua.
La transición hacia la movilidad sostenible no es solo una obligación legal, sino una excelente oportunidad para las empresas. Su correcta implantación optimiza la eficiencia operativa, mejora el bienestar y la salud de la plantilla, y reduce el riesgo de sanciones. Además, su integración en los procesos de la compañía conduce a minimizar los accidentes laborales y reducir la huella de carbono.
Adoptar estas medidas de forma proactiva impulsa la reputación corporativa, consolidando a la empresa como una marca moderna, responsable y comprometida con el futuro del planeta y el bienestar de sus trabajadores.
El desarrollo sostenible no busca frenar la producción, sino transformar la forma de trabajar para que el progreso y el cuidado del planeta avancen en armonía.
La Ley 9/2025 se presenta como una oportunidad, una herramienta que impulsa a las organizaciones a mitigar el impacto del transporte, demostrando que es posible seguir generando valor de manera responsable y eficiente.
La Tribuna de Voces es un espacio de opinión que responde a la visión de los autores del tema tratado. Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza no se hace responsable de esta.