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Brexit: coyuntura actual y novedades

  • El secretario general de la Cámara de Comercio Española en Reino Unido, Igor Urra, protagonizó un desayuno de trabajo virtual con empresas zaragozanas

«El Brexit no es un momento puntual o un hecho aislado. Se trata de un proceso lento que irá evolucionando en cada momento y al que las empresas deberán permanecer muy atentas», según explicó Igor Urra, el secretario general de la Cámara de Comercio Española en Reino Unido durante un desayuno de trabajo virtual con empresas zaragozanas patrocinado por Caja Rural de Aragón.

En la conversación quedó claro que la actual situación y la salida definitiva del Reino Unido de la Unión Europea implica tres impactos fundamentales: la caída de la libra esterlina y el consiguiente encarecimiento de algunas importaciones, tarifas aduaneras, y cambios en los procedimientos de importación/exportación, con controles en aduana.

«A priori habrá aranceles en productos del sector agroalimentario (cordero, ternera y pollo) y en el de la automoción, con un gravamen previsto del 10%». Urra recomendó realizar el registro para el número EORI y revisar los sistemas de importación para asegurar el cumplimiento de las condiciones por parte de la empresa, así como identificar todas las novedades en relación a los procedimientos.

A partir del 1 de enero de 2021 se verán afectadas las empresas que venden bienes o prestan servicios al Reino Unido, compran bienes o reciben servicios del Reino Unido, transportan bienes a través del Reino Unido, o utilizan materiales y bienes del Reino Unido para comerciar al amparo de regímenes preferenciales con países socios de la UE. «Incluso habiendo acuerdo de libre comercio, se deberán presentar declaraciones en aduana cuando se importen bienes desde el Reino Unido o se exporten a éste».

Las empresas participantes mostraron mucho interés mucho interés en conocer los procedimientos concretos. Urra aclaró que, además de la declaración en aduana, es posible que se tenga que proporcionar datos de protección y seguridad. Se necesitará una licencia especial para importar o exportar determinados bienes (por ejemplo residuos, determinados productos químicos peligrosos u OMG) y se deberán realizar trámites adicionales para importar o exportar bienes sujetos a impuestos especiales (alcohol, tabaco o combustible) desde el Reino Unido o hacia éste.

En cuanto al IVA, normalmente se  tendrá que liquidar en el país de la UE en el que se importen las mercancías desde el Reino Unido. «La empresa estará exenta del pago del IVA en la UE respecto a cualquier bien que exporte al Reino Unido, pero a continuación deberá cumplir las normas en materia de IVA aplicables a las importaciones en el Reino Unido». Cuando se realicen transacciones con el Reino Unido, se deberán cumplir normas y procedimientos en materia de IVA diferentes de los aplicables a las transacciones dentro de la UE. Se tendrán también que pagar derechos de aduana sobre los bienes que introduzca en la UE desde el Reino Unido. Muchas novedades a las que habrá que permanecer atentos.

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Redaccion